¿Conoces los requisitos para tener una licencia para tu apartamento turístico en Andalucía? En Room to Rent queremos ayudarte para que tengas todo en regla antes de lanzarte al mundo de las viviendas de uso turístico. Nuestro compromiso es que obtengas la máxima rentabilidad de tu apartamento turístico en Sevilla o cualquier ciudad de esta Comunidad Autónoma. Con los requisitos para tener un apartamento turístico en Andalucía de este post lo tendrás todo listo para estar al día con la Administración.
Tener una licencia turística permite tanto a anfitriones como huéspedes saber que cuentan con un respaldo. Para el anfitrión, tener los papeles en regla siempre es positivo, sea la Administración pertinente más o menos restrictiva con este tipo de viviendas. Por otra parte, a los huéspedes le transmite la seguridad de estar en un apartamento turístico que tiene todas las garantías.
¿Qué requisitos ha de tener mi apartamento turístico en Andalucía?
Según la Junta de Andalucía, una vivienda de uso turístico es aquella que está situada en suelo residencial y que se ofrece de forma habitual como alquiler turístico. Así, no recibirán tal calificación aquellas no habilitadas para su uso como vivienda ni las que se alquilen por períodos prolongados (más de dos meses). Tampoco lo serán las que no exigen contraprestación económica.
Por otra parte, la Junta se muestra estricta y establece unos requisitos mínimos que debe cumplir un apartamento turístico en Andalucía para tener licencia:
- Lo más importante es que tenga una licencia de ocupación. Este documento acredita que el espacio puede ser habitable.
- Todas las habitaciones han de tener ventilación directa (ventanas) y dar a la calle o a un patio. También han de tener sistemas de oscurecimiento como persianas.
- Tanto salón como los dormitorios han de tener sistemas de calefacción y aire acondicionado. Si la vivienda está catalogada como bien de interés cultural y no se pueden hacer obras, se omite este punto.
- El apartamento turístico ha de tener un botiquín de primeros auxilios.
- Todas las habitaciones tienen que estar amuebladas y dispuestas para su uso.
- El huésped ha de disponer de un número al que llamar si ocurre alguna incidencia, así como información de los servicios de urgencia.
- Los huéspedes tienen que disponer de toda la información de uso de los electrodomésticos y aparatos de tu apartamento turístico en Andalucía. También deben tener la suficiente ropa de cama y menaje.
- Por último, la vivienda ha de tener servicio de limpieza antes y después de la ocupación.
¿Qué documentos necesito para tramitar mi licencia turística?
Primero tienes que conseguir la licencia de ocupación. Para este paso, tienes que acudir al Ayuntamiento del que dependa tu futuro apartamento turístico, acudiendo a la Gerencia de Urbanismo. También has de abonar 50 euros y llevar contigo el justificante de pago. Por último, tienes que llevar a la Administración estos documentos:
- Instancia general de Urbanismo.
- Fotocopia del DNI.
- Justificante de la antigüedad del edificio donde está tu vivienda. También has de adjuntar el estado de conservación del mismo y sus instalaciones.
- La declaración responsable del Colegio Oficial de Técnicos.
- Identificación catastral y de registro de la vivienda, así como las condiciones urbanísticas vigentes.
¿Cómo consigo la licencia de uso turístico en Andalucía?
Una vez hayas completado el paso anterior, has de ir de lleno a por la licencia de uso turístico en Andalucía. Para ello, debes registrarte en el Registro de Turismo de Andalucía, ya sea de forma presencial u online. Una vez cumplimentada y sellada, obtendrás un número de registro que deberás adjuntar en todos los anuncios que hagas.
Este formulario de Declaración Responsable deberás entregarlo en la delegación de la Consejería de Turismo junto a la copia de la licencia de ocupación (paso 1), el título de explotación de la vivienda, la copia de un documento que haga referencia al catastro (IBI) y, en caso de que tu vivienda de uso turístico sea alquilada por habitaciones, tendrás que presentar un certificado de empadronamiento.